Este Tribunal, con vista de los recaudos acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas bajo juramento por los testigos antes identificado, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos: TOMASA RODRIGUEZ DE RAMIREZ, AGUSTIN FRANCISCO RAMIREZ RODRIGUEZ, MARIA DEL PILAR RAMIREZ RODRIGUEZ, CARLOS ALFONZO RAMIREZ RODRIGUEZ, GUSTAVO ANTONIO RAMIREZ RODRIGUEZ , JORGE LUIS RAMIREZ RODRIGUEZ, MARIA YSABEL RAMIREZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad , portadores de las cédulas de identidad Nros. V-8.213.724, V-8. 304. 690, V- 8. 315.882, V- 8. 323. 925, V- 8. 240. 398, V-8.240. 399,y V 8. 247. 000, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien vida se llamara AGUSTIN ANTONIO RAMIREZ PIÑERUA, quien conforme consta del acta de Defunción acompañada a la solicitud bajo examen, quien era venezolano, nacido en Tucupita, estado Delta Amacuro, de 79 años de edad, portador de la cédula.....