éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Privativa de Libertad al imputado DEMNIEL JOSE HERNANDEZ PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 14.827.983, de 21 años, soltero, domiciliado en Calle Udón Pérez, N° 34, Sector Campo Claro, Barcelona Estado Anzoátegui, de profesión u ofico Indefinida, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y Ordena su aprehensión. Líbrese la correspondiente Orden de Aprehensión y oficios a los Cuerpos de Seguridad de la República Bolivariana de Venezuela, a los efectos que una vez aprehendido sea puesto a la Orden de éste despacho. Notifcandosele a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de su aprehensión. Notifíquese. Cúmplase.-
LA JUEZ DE CONTROL N°
DRA JOSEFINA SALAZAR DE GUERRA
LA SECRETARIA,
ABG° MARIA ALEJANDRA NERI