En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 02 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a los ciudadanos ZONIA DEL CARMEN PALOMO y PEDRO ERNESTO SIFONTES CARDOZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-16.925.002 y V-8.286.008, respectivamente, domiciliados en: Calle Urica, casa 9-29, Barrio Sucre, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, padres de la niña de autos, para que visite un fin de de semana cada 15 días a la niña GABRIELA SIFONTES PALOMO, de actualmente seis (06) años de edad, en la Entidad de Atención ABANSA, ubicada en la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, con la Supervisión del encargado de la Entidad, en los horarios que ellos tienen predestinado. Cúmplase.-