Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la demanda, al juicio por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, intentado por PORFIRIO GUZMAN RODRIGUEZ y RICARDO BELLORIN OJEDA, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el inpreabogado bajos los Nros 17.577 y 80.669, respectivamente, actuando con carácter de Endosatarios en procuración al Cobro de la Sociedad Mercantil INVERSIONES PERFUMESSENCE, C.A, inscrita en el registro Mercantil II, del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha trece (13) de diciembre de 1.990, bajo el Nº17, Tomo 100-A, En contra de la Ciudadana MARIA TAMARONIS DE CADENA, venezolana, mayor de dad, titular de la cedula de identidad, Nº 3.655.653.
Asimismo, vista la declaratoria de Perención de la Instancia, .....