DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Control No 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES que conforman el presente Asunto Principal, así como el CESE de la condición de imputados de los ciudadanos ROBERTO RAFAEL CARDONA ZABALA, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidada N° 19.183.923, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, de 20 años de edad, soltero, Carpintero, hijo de Aladalia Zabala (v) y Máximo Rafael Cardona (v), domiciliado en vereda 4, Casa N° 6, Urbanización Bello Monte, Sector el Paraiso, Puerto La Cruz, Estado Anzoàtegui y al ciudadano JUAN CARLOS MARQUEZ BLANCO, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidada N° 14.763.620, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 23 años de edad, soltero, Pintor, hijo de Mirna Blanco de Marquez (v) y Jesu.....