Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA Y SIN RESTRICCIÓN al ciudadano MIGUEL ENRIQUE CARRASCO, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.270.127, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido el 04-05-1966, de 39 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Simón Celestino Guillen (D) y de Carmen Luisa Carrasco (V), residenciado en Parcelamiento Puente Ayala, Calle 03, S/N, cerca de la Bodega El Carmen, Estado Anzoátegui; de conformidad a lo consagrado en el artículo 44, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese a la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, participándole de la inmediata libertad del imputa.....