En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial PEnal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadanos JAIME EUSEBIO DA COSTA, Venezolano, natural de Portuguesa, Títular de la Cédula de Identidad N° E-584.132, de 39 años de edad, estado civil casado, de profesión u oficio chofer, residenciado en: Calle 8 de Octubre, Nº 13, Sector La Julia Turemero, Estado Aragua. Oficíese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores , a la División del Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas, (SIPOL), Delegación Caracas y Barcelona, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesen sobre los mencionados ciudadanos. Igualmente remítase la presente causa en su forma original a los archivos judicial del Estado,.....