Decisiones del dia 11/02/2008
N° Expediente :
BP01-P-2008-000477
N° Sentencia :
Fecha: 11/02/2008
Procedimiento: Desestimación De Denuncia
Partes: FISCAL: DR. PEDRO LUIS BASTARDO BERMUDEZ. VICTIMAS: SIMON COD Y JOSE CARABALLO
Resumen:
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA por los ciudadanos SIMON COD y JOSE CARABALLO, titulares de las Cédulas de Identidad N° 8.226.914 y 10.221.043, en su orden, de este mismo domicilio, presentado por el Dr. PEDRO LUIS BASTARDO BERMUDEZ, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con el Artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal; y SEGUNDO: Se devuelve la presente actuación a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, a los fines de que la archive conforme al Artículo 302 de la citada Ley Penal Adjetiva. Regístrese. Notifíquese. Remítase a la fiscalía. Cúmplase.-
Juez/Ponente:
Salim Aboud Nasser
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control
N° Expediente :
BP02-O-2006-000001
N° Sentencia :
PJ412008000092
Fecha: 11/02/2008
Procedimiento: Amparo Constitucional
Partes: ASOCIACIÓN CIVIL DE PROPIETARIOS DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PUERTO MORRO, EN CONTRA DE LOS CIUDADANOS LEONOR VELIZ, LESLIE CLAVIER Y JUAN ROBERTO PRIETO
Resumen:
éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui administrativo justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente Acción de Amparo presentada por la Asociación Civil de Propietarios del Conjunto Residencial Puerto Morro, en contra de los ciudadanos LEONOR VELIZ, LESLIE CLAVIER y JUAN ROBERTO PRIETO, y así se decide.-
Regístrese, publíquese y Déjese copia de la presente decisión.-
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona, a los once (11) días del mes de febrero del 2008.- Años 197° de la independencia y 148° de la Federación.
El Juez Suplente Especial,
Abg. Pedro Rafael Mejía.- La Secretaria;
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Juez/Ponente:
Pedro Rafael Mejias
Organo:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito