Esta SALA DE JUICIO Nº 01, DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, luego de haber examinado y estudiado detenidamente todos y cada uno de los recaudos acompañados a la presente solicitud, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos YANET JOSEFINA COA y CRUZ JESUS HERNANDEZ VILLARROEL, las cuales corren insertas a los folios Nros. 17 y 18 del Expediente, quienes debidamente juramentados declararon por ante ésta Sala de Juicio Nº 01, y en presencia de la Juez de esta Sala de Juicio N° 01, así mismo vista la Opinión Fiscal favorable, inserta la folio 20 del presente expediente y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 177, Parágrafo Cuarto de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, las anteriores actuaciones bastantes para asegurarle, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de.....