Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio que por Partición de Herencia, propuesta por la Ciudadana YUDITH DEL VALLE RONDON MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.368.003, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ALFREDO CABRERA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.442, en contra de los ciudadanos SERGIO ANTONIO MARQUEZ y DEVORA MARQUEZ, de nacionalidad Portuguesa el primero y venezolana la segunda, mayores de edad, domiciliados en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui y titulares de las cédulas de identidad Nros. E-82.024.770 y 17.731.282, respectivamente. Así se decide.