Por las razones expuestas este Tribunal Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud formulada por la ciudadana ANTONIETA DEL CARMEN ROBORTELLA PARRA, y ordena que el ciudadano; Secretario del Registro Civil del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, estampe una nota marginal en el Acta de Nacimiento que cursa en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Despacho durante el año 1982, Acta signada con el N°: 1965, folio 483, Libro N° 04, y así: Donde dice: "Le ha sido presentado ........................., quién es hijo legitimo suyo y de su cónyuge ................, natural de Maracaibo, Estado Zulia................,".- Debe decir: quién es hijo legitimo suyo y de su cónyuge ................, natural de El Tigre, Estado Anzoátegui........................".-
De conformidad con lo previsto en el Artículo 506 del Código Civil, se ordena participarle lo conducente al Secreta.....