se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Jueza Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho en consecuencia acuerda: PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por DAVID GUSTAVO PEREIRA PACHECO, mayor de edad, venezolano, viudo, titular de la cedula de Identidad N° 10.296.426, domiciliada en Lechería, Estado Anzoátegui, SEGUNDO: AUTORIZAR suficiente y ampliamente DAVID GUSTAVO PEREIRA PACHECO, mayor de edad, venezolano, viudo, titular de la cedula de Identidad N° 10.296.426, domiciliada en Lecherí.....