|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 11/06/2015 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
BP02-J-2015-001381
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 11/06/2015 |
Procedimiento: Divorcio 185 - A |
Partes: CAROLINA DEL VALLE UGAS GONZALEZ Y ALFONSO RAFAEL RODRIGUEZ |
Resumen:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los Ciudadanos CAROLINA DEL VALLE UGAS GONZALEZ y ALFONSO RAFAEL RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-13.169.912 y V-12.273.044, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio VICTORIA MARINI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 106.377, donde se encuentra involucrado el niño: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adol.....
|
Juez/Ponente:
Farah Melisa Azocar Chacin
|
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
|
N° Expediente :
BP12-M-2015-000021
|
N° Sentencia :
PJ0082015000098
|
Fecha: 11/06/2015 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares Via Intimatoria |
Partes: MANUEL SALVADOR RODRÍGUEZ GUERRA, CONTRA LA COOPERATIVA HAGA PROYECTOS R.L. |
Resumen:
este Tribunal acuerda notificar a la empresa PDVSA INDUSTRIAL, S.A., localizada en el Terminal Marítimo de Almacenamiento y Embarque de Crudo, Muelle Seco, Guaraguao, Puerto La Cruz, estado Anzoátegui en cualesquiera de los ciudadanos LUIS BOUTTO, ELIA QUINTANA y/o RAYNELLYS GUATAMARA, a los fines de que informe si la alianza celebrada con la demandada se encuentra vigente, a los fines de proveer sobre la suspensión de la causa.- Asimismo se acuerda oficiar al Juzgado Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial de estado Anzoátegui, para que informe a este Tribunal el estado en que se encuentra la solicitud de Régimen Excepcional, a los fines de proveer sobre la medida solicitada
|
Juez/Ponente:
Luz Soraya Arreaza
|
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
|
N° Expediente :
BP02-N-2015-000020
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 11/06/2015 |
Procedimiento: Recurso De Nulidad |
Partes: CESAR FARRERA VS. INSTITUTO AUTONOMO DE LA POLICIA DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR DEL ESTADO ANZOATEGUI |
Resumen:
Este Juzgado Superior observa que la presente demanda recae sobre la Policía del Municipio Simon Bolívar del Estado Anzoátegui, instituto este con personalidad jurídica propia, siendo la máxima autoridad de la referida Institución el Director de la misma, aun y cuando presupuestarìamente dicha Policía esta adscritas a la Alcaldía, la misma, no constituye una dirección o un departamento de la Alcaldía, sino que resulta tal y como se señaló anteriormente un Instituto Autónomo, aunado a que los intereses del municipios se ven resguardado al habérsele notificado al Sindico Procurador, como se efectúo en el presente caso, resultando la Sindicatura el Organismo encargado de la defensa de los derechos del municipio, aunado a que el articulo 99 de la Ley Del Estatuto De La Función Publica, por el cual fue admitida la presente demanda, establece que se solicitará el expediente administrativo, al Sindico Procurador o Al Instituto Municipal que se esta demandando un plazo de 15 días de despacho a.....
|
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
|
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
|
N° Expediente :
BE01-X-2015-000009
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 11/06/2015 |
Procedimiento: Recusación |
Partes: ALCALDIA DEL MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO DEL ESTADO ANZOATEGUI VS. INMOBILIARIA MORBENCA C.A |
Resumen:
Este Juzgado Superior considera que en el presente caso, efectivamente ninguno de los hechos alegados por el recusante en su escrito, se subsumen a los supuestos establecidos en ninguna de las normas expresas y taxativas de nuestra Ley Adjetiva, y menos en la contemplada en el cardinal 17, artículo 82 ejusdem, la cual dispone: "...Por haber intentado contra el Juez queja que se haya admitido, aunque se le haya absuelto, siempre que no hayan pasado doce (12) meses de dictada la determinación final.".- Pues, en atención a los alegatos del recusante, el mismo basó su petición en el hecho de haber formulado una denuncia y haber manifestado que la jueza según su decir no tenia capacidad técnica para conocer del recurso,; es por lo que considero que el simple hecho de que el recusante haya efectuado una denuncia, no conlleva a la separación de mi parte del presente expediente, por lo tanto la recusación objeto del presente informe es absolutamente infundada y en consecuencia debe declararse.....
|
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
|
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
|
N° Expediente :
BE01-X-2015-000009
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 11/06/2015 |
Procedimiento: Recusación |
Partes: ALCALDIA DEL MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO DEL ESTADO ANZOATEGUI VS. INMOBILIARIA MORBENCA C.A |
Resumen:
Este Juzgado Superior considera que efectivamente ninguno de los hechos alegados por el recusante en su escrito, se subsumen a los supuestos establecidos en ninguna de las normas expresas y taxativas de nuestra Ley Adjetiva, y menos en la contemplada en el cardinal 17, artículo 82 ejusdem, la cual dispone: "...Por haber intentado contra el Juez queja que se haya admitido, aunque se le haya absuelto, siempre que no hayan pasado doce (12) meses de dictada la determinación final.".- Pues, en atención a los alegatos del recusante, el mismo basó su petición en el hecho de haber formulado una denuncia y haber manifestado que la jueza según su decir no tenia capacidad técnica para conocer del recurso,; es por lo que considero que el simple hecho de que el recusante haya efectuado una denuncia, no conlleva a la separación de mi parte del presente expediente, por lo tanto la recusación objeto del presente informe es absolutamente infundada y en consecuencia debe declararse Sin Lugar con todos l.....
|
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
|
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
|
N° Expediente :
BH04-X-2015-000013
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 11/06/2015 |
Procedimiento: Recusación |
Partes: OSCAR REVILLA DUARTE VS. ADAMAY PAYARES ROMERO |
Resumen:
Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
Primero: SIN LUGAR la Recusación propuesta por el abogado OSCAR REVILLA DUARTE, actuando en su propio nombre y representación, la Dra. ADAMAY PAYAREZ ROMERO, Juez del Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.- Y así se decide.-
Segundo: Se ORDENA remitir el expediente al Juzgado de la causa, que por imperio del Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial debe seguir conociendo de la presente causa, como lo dispone el presente fallo, e igualmente debe ese Juzgado notificar al Juzgado que esté conociendo la causa, a los fines de que proceda a remitirle el expediente.-
|
Juez/Ponente:
Mirna Mas Y Rubi Sposito
|
Organo:
Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
|
|
|
|
|