En base a lo antes señalado, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara que se ha consumado de pleno derecho la PERENCIÓN, en relación al Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto contra la Providencia administrativa número 00017-2014 (exp. 003-2013-01-00762) dictada por la Inspectoría del Trabajo "Alberto Lovera", en fecha 12 de febrero de 2014, que declaró con lugar la denuncia de reenganche, restitución de la situación jurídica infringida y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano Sergio José campos, titular de la cédula de identidad número V-8.265.483 contra la mencionada empresa., en consecuencia, queda EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Se ordena notificar al Procurador General de la República de esta decisión.