Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA SUSTITUIR, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal penal, la Medida de privación Judicial Preventiva de Libertad a los Imputados ENDER RAFAEL HERNANDEZ DELGADO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.023.928, natural de Caracas, Distrito Federal, donde nació en fecha 02-10-87, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de los ciudadanos Lucia Guadalupe Delgado y de José Rafael Hernández, residenciado en la Calle Los Jobos, casa S/N., Fundación San Diego, Vía San Diego, Estado Anzoátegui y LUCIA GUADALUPE DELGADO DELGADO, de nacionalidad Ecuatoriana, titular de la Cédula de Identidad Nº 24......