Désele entrada.- Fórmese expediente.- Admítase.- De conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal “C”. En consecuencia, cítense a los Ciudadanos EURIPIDES NICOLAS MARCANO LOPEZ y MEIBILIS DEL CARMEN FLORES GAMBOA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.763.320 y 18.933.180, domiciliados en la calle principal, N° 170, Las Charas, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui y la segunda en la calle el Limón, N° 57, Las Charas, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30am) y las (2:30pm), a los fines de que dé contestación a la presente demanda. Líbrese boletas de Citación. Se advierte a ambas partes que en la misma oportunidad se verific.....