En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Designa a la ciudadana ALVIS JOSEFINA NIEVES ALTUVE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.218.664, domiciliada en: La Avenida Río, Urbanización, Residencia Río, edificio 3, Apartamento 3-B, Barcelona, Estado Anzoátegui, Curador Ad-Hoc del niño WILLIAM ALBERTO MORAN NAVEIRAS, de ocho (08) años de edad actualmente.-
Expídanse por secretaría dos (02) copias certificadas de la presente decisión y entréguesele a los interesados, a los fines Legales consiguientes.- Asimismo, se ordena el cierre y remisión del presente expediente al archivo judicial de este Estado, devuélvanse los originales consignados en el mismo, dejando copia en su lugar, previa confrontación por secretaria.