En consecuencia, éste Tribunal en cuanto a las MEDIDAS PROVISIONALES solicitadas DECRETA: PRIMERO: Retención de TREINTA Y SEIS (36) MENSUALIDADES FUTURAS, en base a TRESCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 320.850,00) del sueldo integral neto mensual del obligado ciudadano HERVIS GUAREPE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.212.761, domiciliado en: Tercera calle, Cardonal, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui y quien presta sus servicios como Técnico, en la empresa Sonotest, ubicada en la Zona Industrial Los Mesones, sector La Ponderosa, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, las cuales serán deducidas de las PRESTACIONES SOCIALES, que ha de percibir el obligado en caso de retiro, despido o cancelación de contrato, y deberán ser remitidas en cheque a nombre de este Tribunal en su debida oportunidad.- Ofíciese lo conducente al Jefe del Departamento de Recurso Humanos de la empresa Sonotest, ubicada en la Zon.....