Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIÒN al ciudadano: EDUARDO JOSE NARVAEZ TAMICHE, venezolano, natural del Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 20-04-1989, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.651.039, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos JOSE NARVAEZ (V) y ELENA TAMICHE (V), residenciado en: Tronconal III, Calle 3, Vereda 9, Nº 06, Barcelona, Estado Anzoátegui; todo de conformidad con los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificados en los artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, y no encontrándose cumplidos los extremos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Novena del Ministerio Pública de este Estado, .....