Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: La confesión Ficta de la parte demandada, ciudadano ANTONIO JESUS PEREZ ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17. 537. 854.
Segundo: CON LUGAR la demanda por Desalojo de inmueble, interpuesta por la ciudadana TERESA LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17. 731. 802, contra el ciudadano ANTONIO JESUS PEREZ ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17. 537. 854, en relación a un inmueble constituido por una casa, sin número, ubicada en la calle Virgen del Valle, del Barrio Fernández Padilla, de esta ciudad,
Tercero: Que la parte demandada, antes identificada haga entrega a la parte demandante, ciudadana Teresa León, de.....