Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor del ciudadano BENJAMIN ANTONIOP CASTILLO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 8.341.417, natural de XXXXXX, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 31/03/1958, de 50 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Buhonero hijo de los ciudadanos PRIMITIVO PAEZ (D) y OLGA JOSEFINA CASTILLO (D), residenciado en calle Monagas Nº 36 barrio 8 de Noviembre el Viñedo Bna, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIA NATALI ANDARCIA, todo de conformidad con lo esta.....