Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del ciudadano: LEONER CASTELO BELMONTE ZAMORA, portador de la cedula de identidad Nº V- 8.205.612, donde nacion en fecha: 12/05/1964, DE NACIONALIDAD VENEZOLANO, DE 44 AÑOS DE EDAD, DE ESTADO CIVIL CASADO, CONSTRUCTOR, TELEFONO- 0412-0839232, RESIDENCIADO EN: CALLE 11, CASA Nº 41, SECTOR 7, BOYACA V, BARCELONA- ESTADO-ANZOATEGUI, extensiva a los familiares que cohabitan con èl; las siguientes medidas de protección, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 Y 31 de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y demás sujetos Procesales.
PRIMERO: Oficiar al Director Presidente del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin .....