Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA, por haber ocurrido la perención en la presente causa. En consecuencia, se levanta la Medida Preventiva de Embargo decretada por este Tribunal en fecha: 11-09-2003, asimismo se acuerda la devolución de las facturas acompañadas a la demanda, previa su certificación en autos.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En la ciudad de El Tigre, a los Once (11) días del mes de Abril del año Dos Mil Cinco. Años: 194º de la Independencia y 146º de la Federación.
EL JUEZ,
Abg. JOHN JOSÉ PÉREZ
LA SECRETARIA,
Abg. ILMIFLOR GUEVARA .....