Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO Los hechos Imputados por la Fiscal Especializada del Ministerio Público Especializado, a los Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) ,configuran la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORES, tipificado en el articulo 452 Ordinal 8° del Código Penal, en relación con el artículo 83 Ejusdem, en perjuicio de la ciudadana VICENTE EMILIA BRUZUAL SOTILLO, SEGUNDO: Se decreta que la aprehensión de los Adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA), fue en Flagrancia. TERCERO: Se ORDENA la aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, solicitado por el Representante del Ministerio Público de conformidad con lo señalado en el ordinal 1° del articulo 372 del Código Orgánico Pro.....