En este sentido habiéndose constatado que la solicitante , la solicitante, ciudadana SILVANA ANDREINA CASTILLO ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.633.900,no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado, esta Juzgadora en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO de la solicitud de AUTORIZACION PARA EXPEDIR PASAPORTE, presentada por la Fiscal Décimo Quinto Auxiliar del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Abogado MARY CARMEN BATISTA MORALES, a requerimiento de la ciudadana SILVANA ANDREINA CASTILLO ZERPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.633.900, domiciliada en el Sector La Caraqueña, Calle Cumana, Casa Nº 13-A, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, quien actúa en representación de su hijo, el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Prote.....