en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda; PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de AUTORIZACION PARA VIAJAR AL EXTERIOR, y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana JENNY DEL VALLE RODRIGUEZ ZACARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.577.204, debidamente asistido en este acto por la Defensora Publica Quinta del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Abg. MARANLLELY RAMIREZ, en donde se encuentra involucrada su hija, (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , poseedora del pasaporte Nro. 170157968, fecha de Emisión: 16/Ago/Aug/2022 y fecha de vencimiento 1.....