este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda incoada por el BANCO MERCANTIL, C.A., inscrito en los Libros de Registro de Comercio llevados por el Juzgado de Comercio del Distrito Federal en fecha 03 de Abril de 1.925, bajo el N° 123, en contra de la sociedad mercantil BASYMCA, inscrita en la Oficina de Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 28 de Abril de 1.998, bajo el N° 32, Tomo A-38; y del ciudadano ELBIS INDRIAGO BASTARDO LEÓN, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la Barcelona, Estado Anzoátegui y titular de la Cédula de Identidad N° E- 6.898.309, la primera en su carácter de obligada principal y el segundo en su carácter de avalista.-
En consecuencia, se le ordena a la sociedad mercantil BASYMCA, y.....