Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio de RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA que hubiere incoado el ciudadano JOSE RIVERA CARIDE, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Lechería Estado Anzoátegui y titular de cédula de identidad 1.732.894, a través de su apoderado judicial RAMON ANTONIO TORRAS MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.429, en contra del ciudadano LUIS SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.948.272 y domiciliado en Caracas, Distrito Capital;. Así se decide.