Este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Juicio con Competencia en Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley RECTIFICA el error material en los títulos referidos IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO, DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO, DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO así como en la DISPOSITIVA del cuerpo íntegro de la sentencia, en la cual se incluye la identificación como un error material inducido por el mismo ciudadano al manifestar llamarse EDUARDO JOSE YAGUAN URBANEJA y ACREDITA que su verdadera identidad es JOSE GREGORIO YAGUA URBANEJA titular de la Cedula de Identidad V-17.730.515, el cual fue declarado culpable, en virtud de acogerse al procedimiento por admisión de hecho, a cumplir la PENA DE ONCE (11) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previst.....