Por las razones antes expuesta este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión por Daños Materiales y Morales, incoado por el ciudadana Juan José Gregorio Márquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.244.508, contra del ciudadano Cruz Williams Acosta, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.232.234; en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la parte demandada Cruz Williams Acosta, cancele a la parte demandante Juan José Gregorio Márquez, por daños materiales la cantidad de veinticinco mil bolívares (Bs. 25.000, oo);
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada Cruz Williams Acosta, cancelar a la parte demandante Juan José Gregorio Márquez, por daños morales, la cantidad diez mil bolívares (Bs.10.000, oo.....