en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda; PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de AUTORIZACION PARA VIAJAR AL EXTERIOR, y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana: NEILIN YERUSKA MARTINEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.18.299.231, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio YACEL MARTINEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 225.799, en beneficio de su hija la adolescente (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , siendo su padre el ciudadano: ARGENIS ALEXANDER HERNANDEZ (difunto), quien era venezolano, mayor de edad,.....