En razón de lo antes expuesto, de la documentación aportada con la solicitud en referencia, y de las declaraciones rendidas por los testigos antes examinados, este Tribunal, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarles a los ciudadanos ROSA TRANSITA HERNANDEZ NARVAEZ, WILLIAMS ERNESTO NARVAEZ HERNANDEZ, ANDRES AVELINO NARVAEZ HERNANDEZ, FRANCYS JOSEFINA NARVAEZ HERNANDEZ Y ROSA MARIA NARVAEZ HERNANDEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad números 5.008. 012, 6.376.247, 6. 436.810, 3. 759.893 y 16. 094. 477, respectivamente, sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quienes en vida se llamara ANDRES NARVAEZ, nacionalidad venezolana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N°. 1. 175. 831, de profesión Policía, fallecido en fecha 08 de marzo de 2009.
Quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código d.....