DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente ,formulada por los ciudadanos REYES ALEXANDER GONZALEZ y SINDY JACKELINE GONZALEZ MARAGUACARE, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad números V- 8. 299. 321 y 15. 050. 249, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil contraído por los expresados ciudadanos en fecha 05 de marzo de 1997, por ante la Prefectura del Municipio Bolívar, Parroquia El Carmen, del estado Anzoátegui, Acta que quedó asentada bajo el Nro. 70, Tomo 01, Año 1997, conforme consta de copia certificada acompañada al efecto,
Publíquese, regístrese, agréguese a los autos la pr.....