Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a los ciudadanos: HERNAN RAFAEL PEREZ BRITO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 3.802.315, nacido en fecha 13/12/1952, de 55 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio: carpintero, hijo de los ciudadanos Luis Pérez (F) y Hilda de Pérez, residenciado en el Doral Beach, Villa 5137, Lechería, Estado Anzoátegui, y PEDRO ANTONIO GUTIERREZ, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 8.304.031, nacido en fecha 23/05/1953, de 55 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: pescador, hijo de los ciudadanos Ana Francisca Gutiérrez (F) y padre desconocido, residenciado en Calle San Micotas A-4, la aldea de pescadores; conforme solicitud de la Vindicta Pública y acogiendo en este.....