esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 477 citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: TERMINADO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana JENNY RUIZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.283.432, de este domicilio, actuando en nombre de representación de su hijo (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) asistida por el Abogado en ejercicio JESUS GUZMAN V., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 99.898, en contra del ciudadano MARCO ANTONIO MUZIOTTI MALENO, venezolano, mayor de edad, venezolano, titular de la cedula de Identidad N° 13.163.885, y mediante Decisió.....