Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ACUERDA SUSTITUIRLE a los ciudadanos JESUS RAFAEL PARUCHO GONZÁLEZ,, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.013.853 y FERNANDO SAMUEL ROSARIO FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.477.510, ambos aquí suficientemente identificados como presuntos autores responsables del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal, en perjuicio del Ciudadano LUÍS ENRIQUE CADENAS ABREU, la actual MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD de que son sujetos POR OTRA DIFERENTE CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de las establecidas en el Articulo 256 en este caso cardinales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, que consiste en presentación periódica cada Quince (15) días por ante la sede de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuit.....