En consecuencia, este Tribunal Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA: Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad a favor del imputado ORLANDO IBRAHIN MENDOZA ARIAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.428.642, natural de Maracay, Estado Aragua, donde nació en fecha 27-04-1982, de 19 años de edad, soltero, obrero, hijo de DAVID MENDOZA e IRMA RAMONA GOMEZ y residenciado en la Urbanización Caña de Azúcar, vereda 70, casa Nº 3, Maracay, Estado Aragua, de conformidad con lo previsto en los numerales 3 y 8 del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el articulo 258 ejusdem, consistentes en: 1. Presentación por ante este Tribunal cada quince días, y 2. Prestación de una caución económica de dos personas idóneas que devenguen una remuneración mensual igual o superior a sesenta (60)unidades tributarias, en cumpl.....