en consecuencia esta Sala de Juicio N° 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Uso de sus Atribuciones Legales y por autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, al niño xxxxxxx, para viajar a la Ciudad de Valencia, con motivo de que pueda participar en un campamento vacacional de ABANSA MI REFUGIO, del 15/03/2008 al 23/03/2008, en compañía de los Coordinadores del Programa y la pareja a cargo del mismo, en transporte privado; Debiendo la Directora de Asociación Benefactora de Ayuda al Niño Sin Asistencia "MI REFUGIO", Barcelona, Estado Anzoátegui.- Ofíciese lo conducente Asociación Benefactora de Ayuda al Niño Sin Asistencia "MI REFUGIO", Barcelona, Estado Anzoátegui,