DECLARO INADMISIBLE la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano JOSE LUIS BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº 12.915.456, asistido por el Abogado HUMBERTO LIENDO RIVAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales y la sentencia vinculante Nº 07 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del 1 febrero de 2000, con ponencia del Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA.