Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA para el ciudadano: ARGENIS LUIS JIMÉNEZ ATAGUA, titular de la cédula de identidad N° V-15.036.450, quien es Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 19/05/80, de años 24 de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Chofer, hijo de LUIS JIMÉNEZ (V) y TOMASA ATAGUA (D), residenciado calle Bolívar, Barrio Universitario, N° 23, Barcelona, Estado Anzoátegui; MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, conforme al artículo 256, Ordinales 4° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en: 1.- Prohibición de salida de la Jurisdicción del Estado Anzoátegui sin autorización del Tribunal, y 2.- Prohibición de portar armas blancas y de fuego. Líbrese el correspondiente oficio al Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoáte.....