Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control N° 05, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Al ciudadano LUIS ARQUIMEDES RONDON MATA, titular de la cédula de identidad N° V-8.441.274, en consecuencia, se acuerda conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, la entrega bajo Guarda y Custodia del vehículo con las siguientes características: Clase: Automóvil, Marca: Chevrolet, Modelo: Malibú, Serial de Carrocería: 1T69ABV308046, Tipo: Sedán, Año: 1981, Color: Azul, Capacidad 5 puestos, Placas: XSC220, Serial del motor: 14K477958 y Uso: Particular, debiéndose remitir el respectivo oficio al Administrador del Estacionamiento SERVIGRUAS ANZOATEGUI, con sede en Pozuelo, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, participando de la decisión dictada por este Juzgado en esta misma fecha. SEGUNDO: Devué.....