Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA para el ciudadano: LUIS ALBERTO GARCÍA, quien es venezolano, natural de Caracas, Distrito Federal, donde nació en fecha 18-9-71, de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.279.794, de estado Civil casado, hijo de los ciudadanos: GISELA MARGARITA GARCÍA y PEDRO ANTONIO GONZÁLEZ, domiciliado en la calle El Marisol N° 48, Barrio Colombia, Barcelona, Estado Anzoátegui; MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, conforme al artículo 256, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en Presentación ante este Tribunal cada Treinta (30) días. Líbrese el correspondiente oficio a la a la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, participando de la Libertad del referido imputado. Asimismo se acuerda la remisión de la presente causa a .....