este Tribunal de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la DEMANDA POR DESALOJO interpuesta por la ciudadana MARIA ANGELES CABRERA DE LUIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.452.306, de este domicilio debidamente asistida por la Abogada LEIDY B. MARTINEAU M., inscrita en el Inpreabogado bajo el número 100.841; en contra de la ciudadana: SHEILA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.451.008 y de este domicilio. En consecuencia, se ordena a la Demandada a hacer entrega a la parte Actora, completamente desocupado, libre de personas y de bienes, el inmueble conformado por un apartamento propiedad de la demandante, ubicado en la vía Rotaria, Edificio España, Nº 4-A, Piso 1, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui.-