Este Tribunal Superior Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 25 de mayo de 2004, por el apoderado actor, Rigoberto Ramos Tiamo, contra la decisión de fecha 17 de mayo de 2004, mediante la cual el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, negó la admisión de la acción Mero Declarativa incoada por la ciudadana MARIA EMMA ROMERO RINCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 10. 298. 128, contra las sociedades mercantiles Inmobiliaria Puerto Guaica C.A. y Promotora 47-47-P, C.A., empresas debidamente inscritas, la primera, por ante el Registro Mercantil Tercero de esta Circunscripción Judicial, en fecha 7 de septiembre de 1998, bajo el Nº 32, Tomo A-55, representada por la ciudadana MERCEDES GALENA DEL VALLE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de ident.....