Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA DEL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos: OSWALDO JOSE ESPAÑA CANELO, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula de Identidad Nº V-16.223.880, Natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 25-03-1985, de 21 años de edad, estado civil Soltero, hijo de Mayre América España y Pablo Segundo Cabellon, residenciado en: Cafetal, edificio Taimar, apartamento 3-4, las Mercedes, Caracas Distrito Capital y JOSE GERMAN SANTOS TORO Venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula de Identidad Nº V-13.969.940, Natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 09-07-1978, de 28 años de edad, estado civil Soltero, hijo de Antonio López, residenciado en: Los Yaques, calle Uracoa, casa N° 23, Puerto la cruz, Estado Anzoátegui, de conform.....