DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ANTONIO RAFAEL RIVERO, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.165.359, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 10-09-1978, de 27 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio colector, hijo de los ciudadanos Pedro Rivero (d) y Carmen Luisa Rivero, CRUZ ANTONIO MATA LEON y AIDA DE JESUS CHARMEL DE MATA, residenciado en Calle Juncal, Casa Nº 7-78, Cayaurima, Barcelona, Estado Anzoátegui, de conformidad a lo establecido en al artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 Ordinal 1° Eiusdem. Notifíquese a las partes. Remítan.....