En consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui-sede Barcelona, de todo lo antes expuesto por las partes acuerda; PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la Solicitud de AUTORIZACION DE VIAJE AL EXTERIOR y CAMBIO DE RESIDENCIA, presentada por la ciudadana LINA SARAI DEL VALLE SANCHEZ ORAA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de identidad número V-20.361.386, con domicilio en Boyacá Tercero, Avenida 2, Sector 3, vereda 23, casa 18, Barcelona, estado Anzoátegui, Correo electrónico: Linasarai2008@gmail.com, teléfono celular 0414-0877499, actuando en este acto en mi carácter de progenitora y representante legal de mi hija la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adole.....