REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de agosto de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-V-2008-001015
Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de DIVORCIO 185-A, dictada por éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 02, procédase a su ejecución a los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción de la anterior diligencia y del presente auto, en consecuencia éste Tribunal, acuerda hacer entrega de las copias certificadas de la Sentencia. Remítase los oficios correspondientes a los organismos competentes a los fines legales consiguientes. Cúmplase.. Asimismo, se ordena el cierre del presente expediente y se ordena su remisión al archivo Judicial de este Estado.-
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº. 02
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
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