Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de septiembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : BH01-S-1986-000003
En fecha 10 de julio de 1.986, este Tribunal recibio la presente solicitud de Autorización Judicial para Abandonar el Hogar Común, presentada por la ciudadana FANNY ELOINA SALAZAR DE BELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.830.294, asistida por el abogado en ejercicio CESAR DAVID QUIJADA GUTIERREZ, e inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 10.225.
Ahora bien, revisada minuciosamente como lo ha sido la presente solicitud, observa este Sentenciador que recibida la misma en fecha 10 de julio de 1.986, hasta la presente fecha la solicitante no ha realizado ningún acto de impulso procesal para que ésta sea evacuada, a lo cual se agrega que tampoco se ha hecho presente persona alguna en este Tribunal que legítimamente acreditado por la.....