Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del Imputado: EDWARD JOSE ALFONSO GIL, venezolano, Cédula de Identidad Nro. 17.217.032, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 01-12-1982, de 24 años, hijo de MARCILIO CARVAJAL y de CARMEN ALFONZO, de profesión u oficio Buhonero, domiciliado en Calle Las Flores, Barrio Arbol de la Esperanza, Vidoño, Estado Anzoátegui, ALEXANDER JOSE SILVA, venezolano, Cédula de Identidad Nro. 17.973.545, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 28-02-1988, de 18 años, hijo de ALEXANDER SILVA y de MARY PANLEZA, de profesión u oficio Obrero, domiciliado en Calle La Marina S/N, Serra Maestra, Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, EDUARDO BELTRAN RODRIGUEZ SUAREZ, venezolano, Cédula de Ident.....